viernes, marzo 29, 2024

Otro Reacomodo en Poder Judicial.   Congreso reinstalará a magistrado Lezama Moo 

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Máxima García Guevara 

Xalapa.- El Congreso del Estado, a través de su área jurídica  confirmó que va a restituir en el cargo al magistrado Marco Antonio Lezama Moo, para concluir el plazo de diez años para  el que fue nombrado (Junio 2014). En cumplimiento a un amparo federal que ganó el togado para evitar su retiro forzoso. 

 Hay que recordar que el pasado 30 de julio, Lezama Moo fue relevado por la magistrada, Lizbeth Aurelia Jiménez, quien con el voto mayoritario del Pleno Legislativo fue nombrada junto con otros 5 juristas para ejercer como magistrados (a) los próximos 10 años. 

A decir del diputado de Morena Magdaleno Rosales, se prevé que el próximo 18 de agosto, en sesión extraordinaria prevista para las 14 horas, se realice la restitución de Marco Antonio Lezama y posiblemente de otros dos magistrados que también ganaron amparo, Gladys Pérez Maldonado y Roberto Dorantes Romero. 

En el caso de Lezama Moo, ganó un amparo en contra del Congreso local para evitar ser destituido, al cumplir 70años, edad máxima para ejercer dicha responsabilidad, dado que así lo establece la Constitución Política del Estado.   

Por lo que este 10 de agosto la subdirectora de Servicios Jurídicos del Congreso del Estado, Georgina Maribel Chuy Díaz, notificó al Juez que se dará cumplimiento a la orden emanada del amparo, por lo que el tema será analizado en la próxima sesión de la Diputación Permanente, programada para el 18 de agosto. 

Precisa que “por falta de tiempo” no pudo restituir en el cargo al servidor público, tal y como lo ordenó en julio pasado el Juez Décimo Octavo de Distrito, José Ezequiel Santos Álvarez, quien otorgó al Congreso local un plazo de 24 horas para cumplir dicha enmienda. 

Cabe mencionar que este reacomodo en el Poder Judicial puede generar un conflicto legal, dado que, al haber obtenido su nombramiento como magistrada, Lizbeth Aurelia Jiménez Aguirre quedó amparada por la ley para no ser removida y dado que ya fue adscrita a una Sala se encuentra protegida por la Ley Orgánica del Poder Judicial

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