• Presenta el grupo legislativo PRI-PVEM propuesta de reforma a la ley para que dichos informes deban rendirse, o entregarse, en los meses de noviembre o diciembre.
Para que la población tenga elementos de información y así pueda realizar evaluaciones objetivas sobre las funciones realizadas por sus representantes en el Congreso estatal, el grupo legislativo de los Partidos Revolucionario Institucional y del Verde Ecologista de México (PRI-PVEM) presentó una iniciativa de decreto que reformaría la fracción IX del artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, con lo que se establecen los plazos para la presentación de los informes de actividades de las diputadas y diputados, ante el Congreso y a sus representados.
Esta iniciativa, presentada durante la quinta sesión ordinaria y signada por las diputadas Erika Ayala Ríos y Andrea de Guadalupe Yunes Yunes, así como por los legisladores Jorge Moreno Salinas y Antonio García Reyes, prevé que los informes de actividades, a los que están obligados las y los legisladores, deban rendirse o entregarse, según corresponda, entre los meses de noviembre o diciembre, excepto en el último año de funciones, en el cual tendrá que darse cumplimiento a esta obligación en el mes de octubre.
Asimismo, se mantiene la redacción relativa a la obligación de las diputadas y diputados de rendir, en su distrito electoral, un informe anual de las funciones legislativas, y entregar un ejemplar del mismo al Congreso.
Para el caso de los elegidos por el principio de representación proporcional, deberán entregar su informe al Congreso y hacerse del conocimiento público a través del órgano de difusión del Poder Legislativo.
El texto de la iniciativa el Grupo Legislativo manifiesta que esta propuesta busca contribuir al perfeccionamiento del marco jurídico relacionado con las obligaciones de quienes tienen la responsabilidad de representar a la población, en este caso, de informar periódica y puntualmente a la ciudadanía sobre las funciones que realizan.
Además, añade, esta propuesta representa una herramienta con la que también se dotará a la ciudadanía, a través de normas precisas, para vigilar y evaluar el desempeño de las y los integrantes del Poder Legislativo del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Por otra parte, puntualiza que es necesario establecer los tiempos en que deben rendirse o entregarse los informes de actividades, toda vez que el artículo 242, párrafo 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone, “el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se difundan en los medios de comunicación social, no serán considerados como propaganda, siempre que la difusión se limite a una vez al año en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público y no exceda de los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe”.
“En ningún caso la difusión de tales informes podrá tener fines electorales, ni realizarse dentro del periodo de campaña electoral”, destacó.
Con lo anterior, se estaría en condiciones de vigilar con mayor claridad el cumplimiento de la obligación de que no se realicen ni se difundan dentro de los plazos legalmente prohibidos, expone.
Tras darse a conocer por la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Adriana Paola Linares Capitanachi, se instruyó remitir la iniciativa a la Comisión Permanente de Gobernación para su estudio y dictamen correspondiente.