lunes, septiembre 23, 2024

Feministas rechazan propuesta del fiscal general de eliminar feminicidio de código penal

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La propuesta del fiscal general de México de eliminar el delito de feminicidio, ha caído como una señal de involución entre las diputadas del partido del Gobierno, que escucharon en una reunión privada cómo Alejandro Gertz Manero exponía las dificultades para determinar jurídicamente cuándo una mujer ha sido asesinada por el hecho de ser mujer.

“No vamos a avalar ningún retroceso, este tipo penal se consiguió con la lucha de muchas mujeres”, señaló la diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y presidenta de la Comisión de Igualdad, Wendy Briceño. “El presidente ya lo ha dicho, no habrá retrocesos”, dijo.

México debate estos días la redacción de un Código Penal único para toda la República, y en ese contexto se produjo el pasado miércoles la reunión del fiscal general con los diputados de Morena, donde expuso su punto de vista.

“Explicó que los feminicidios eran un delito complicado para los ministerios públicos”, dice Briceño, “pero no se habló en concreto de trasladar esta propuesta al nuevo Código Penal”, aseguró la legisladora. A su parecer, este tipo penal sigue siendo imprescindible para “la visibilización de la violencia contra la mujer en un contexto de machismo. Estos casos no son simples homicidios”.

En 2012 el Código Penal Federal estableció en su artículo 325 el delito de feminicidio para quien “prive de la vida a una mujer por razones de género”, y en él se establecen las circunstancias que han de concurrir para ello: signos de violencia sexual, antecedentes de maltrato, relaciones sentimentales previas, amenazas, incomunicación de la víctima o exhibicionismo del cuerpo de la víctima, entre otras. La antropóloga feminista Marcela Lagarde, se encargó en el Congreso de sacar adelante aquella iniciativa. En estos casos se reservan penas de 40 a 60 años de cárcel y el criminal pierde derechos relacionados con la víctima como los sucesorios. El artículo dispone que en caso de no acreditarse el feminicidio, se juzgará a la víctima con las reglas del homicidio.

Pero los feminicidios son delitos que rara vez caen en la jurisdicción federal, sino en la de cada uno de los 32 Estados mexicanos y solo 19 tiene un artículo similar al federal, con circunstancias objetivables que sirven como pruebas. “Las reticencias para tratar estos crímenes con perspectiva de género se encuentran en los Estados, pero también en el proceso judicial, en la investigación policial. Normalmente se investigan como homicidios, cuando debería ser al revés: tratar cualquier muerte violenta de una mujer, incluido el suicidio y algunos accidentes, como un delito de género y si no se dan las circunstancias previstas reconsiderarlo como homicidio”, dijo Ana Yeli Pérez Garrido, asesora jurídica del Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidios (OCNF).

“Parece un asunto superado, pero preocupa que a estas alturas el fiscal plantee esta iniciativa. Desconoce las razones por las que se tipificó el feminicidio, no es solo algo legal, sino el reconocimiento del contexto de violencia que se visibilizó desde los 90 en Ciudad Juárez. A pesar de que llevamos varias décadas con estas demandas, el número de víctimas mortales no ha hecho más que crecer”, señaló.

Fuente: El País

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