• Avala el Pleno reforma a la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con lo que se ajusta a las disposiciones constitucionales vigentes desde el 4 de noviembre de 2016.
Para fomentar, aún más, entre las autoridades y los servidores públicos una cultura de respeto y protección a los derechos humanos, la LXV Legislatura aprobó reformar la fracción IV, del articulo 4 y el artículo 28 Bis de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Veracruz para ajustarla a las disposiciones constitucionales y establecer que el Congreso local podrá llamar a comparecer a todo aquel servidor público que se niegue a acatar las recomendaciones del órgano autónomo.
De esta manera, queda asentada en la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos la atribución del órgano autónomo para solicitar al Congreso del Estado o, en los recesos de éste, a la Diputación Permanente, que llame a comparecer a las autoridades o servidores públicos que se nieguen a aceptar o cumplir sus recomendaciones, a efecto de que expliquen el motivo de su negativa.
En su caso, las comparecencias se realizarán, con el formato que acuerde el Congreso o la Diputación Permanente, ante la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables del Poder Legislativo, y las mismas deberán asistir, con derecho de intervenir, quien presida la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).
Por otra parte, quedó señalado en el artículo 28 Bis que en los casos en que las autoridades o servidores públicos referidos, incumplan las peticiones de la CEDH o entorpezcan las investigaciones, la presidencia del órgano autónomo rendirá un informe al Congreso del Estado, por conducto de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables así como a las autoridades competentes, sobre los probables delitos o faltas que hubiesen cometido las autoridades o servidores públicos, con el propósito de que se les apliquen, en su caso y en términos de la ley, los procedimientos y sanciones correspondientes.
Cabe destacar que este Poder Legislativo, -a través del decreto número 917, publicado en la Gaceta Oficial del Estado el 4 de noviembre de 2016- reformó los artículos 33, fracción XL, y 41, fracción X, para dotar a este Congreso de las atribuciones de llamar a comparecer a los servidores públicos que se negaren a cumplir las recomendaciones de la CEDH; sin embargo esta reforma es para que, bajo ninguna circunstancia, se pueda omitir la obligación del órgano autónomo de solicitar a esta Soberanía la celebración de las comparecencias con los servidores públicos involucrados en negativas.
Al ser aprobado por el Pleno, con 41 votos, sin abstenciones o votos en contra, la presidencia de la Mesa Directiva, a cargo de la diputada Adriana Paola Linares Capitanachi, instruyó remitir el decreto a la Gaceta Oficial para su promulgación y publicación.