sábado, mayo 18, 2024

España ya considera a los animales como seres sintientes

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Los animales son seres sintientes y deben ser considerados como tales ante la ley, según establecen las nuevas modificaciones a las normas en España.

Este país ha hecho cambios en normas del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, para proteger a los animales y evitar que estos sean embargados, hipotecados, abandonados, maltratados o apartados de sus dueños o dueñas.

Con la reforma al Código Civil, los animales dejan de ser considerados como “cosas o bienes” y se concreta que “los animales son seres vivos dotados de sensiblidad”.

El documento, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se explica que los animales conservan parcialmente el regimen jurídico de “bienes o cosas” en tanto que son apropiables cuando son de compañía o domésticos, pero incluso en esta naturaleza, así como en su estado salvaje o silvestre, se les reconoce como seres con sensibilidad, por lo que tienen derecho a que se procure su bienestar y protección, evitando el maltrato, abandono, la provocación de una muerte cruel o innecesaria.

Ahora, en caso de una separación por divorcio, las personas podrán disputar la custodia en un tribunal, y esta será otorgada tomando siempre en cuenta el bienestar del animal. Lo mismo ocurrirá en caso de que el dueño o la dueña de un animal de compañía fallezca: las y los herederos podrán pedir su custodia.

En el caso de la disputa por custodia, las autoridades podrán tomar en cuenta si alguna de las personas que la solicita ha ejercido violencia doméstica, maltrato a animales, violencia de género, o abuso sexual infantil, así como por violencia vicaria (amenazar con hacer daño) para limitar la custodia.

Además, las personas podrán realizar denuncias de maltrato cuando se encuentren con animales maltratados o abandonados: (cuando es hallado un animal) “en el caso de indicios fundados de que el animal hallado sea objeto de malos tratos o de abandono, el hallador estará eximido de restituirlo a su propietario o responsable de su cuidado, poniendo en conocimiento de manera inmediata dichos hechos ante las autoridades competentes”.

Estas disposiciones entraron en vigor en España desde el miércoles 5 de enero.

Con información de EL FINANCIERO.

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