lunes, mayo 20, 2024

Tribunal Electoral sanciona a candidatos y partidos por difusión de propaganda política contra el interés superior de la niñez

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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió resoluciones el día de hoy sobre varios temas relacionados con candidatos y partidos políticos, incluyendo multas a Xóchitl Gálvez y otros partidos por difundir propaganda política que vulneró el interés superior de la niñez.

El interés superior de la niñez es un principio fundamental que establece que, en cualquier acción o decisión que les concierna, los niños y niñas deben ser considerados como la principal consideración. Este principio se encuentra consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y en diversas leyes nacionales.

En el contexto político, el interés superior de la niñez implica que cualquier actividad o propaganda política no debe vulnerar o perjudicar el bienestar, la integridad física, emocional o psicológica de los niños y niñas. Por lo tanto, cualquier acción que atente contra este principio, como la difusión de propaganda política inapropiada o perjudicial para los niños, puede ser objeto de sanciones por parte de las autoridades competentes, como el Tribunal Electoral en este caso.

En particular, se impusieron multas a Xóchitl Gálvez y a los partidos PRI, PAN y PRD por una publicación en Facebook que vulneró el interés superior de la niñez. Sin embargo, se determinó que Gálvez y los partidos que la postulan no incurrieron en actos anticipados de campaña.

Por otro lado, se resolvió que Morena difundió propaganda política que también vulneró el interés superior de la niñez, lo que resultó en una multa para el partido.

En relación con Adán Augusto López Hernández y gobernadores de Morena, se determinó que no incurrieron en actos anticipados de precampaña ni campaña, uso indebido de recursos públicos ni vulneración de principios constitucionales por su participación en una reunión en la Secretaría de Gobernación.

En cuanto al gobernador de Nuevo León, Samuel García, se determinó que no usó indebidamente recursos públicos ni vulneró principios constitucionales en un video con su esposa. Sin embargo, se le impuso una multa por difundir propaganda política que vulneró el interés superior de la niñez.

Además, se encontró que el partido Futuro, encabezado por Pedro Kumamoto en Jalisco, hizo uso indebido de la pauta al incluir a un precandidato en un promocional durante la intercampaña, lo que resultó en una multa para el partido.

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