martes, mayo 14, 2024

Comunidades originarias podrían interponer amparos contra consulta del Tren Maya: CCMSS

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El CCMSS señala que el gobierno mexicano no está buscando el consentimiento previo de los pueblos originarios sobre la ejecución del megaproyecto del Tren Maya, sino únicamente “conocer sus opiniones”.

Cancún, QRoo.- Tras realizarse la etapa informativa de las consultas a comunidades originarias sobre el Tren Maya, el Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible (CCMSS) emitió un pronunciamiento en el que señala que este ejercicio incumple los principios de consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, por lo que eventualmente las comunidades podrían interponer recursos en contra del proyecto y del proceso de consulta.

El CCMSS refiere que la consulta debe estar alineada al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes y a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, sin embargo, tras realizarse la primera etapa del proceso de consulta los días 29 y 30 de noviembre pasados, “se pudo constatar que incumplen los principios básicos marcados por los acuerdos internacionales en la materia”.

Entre las principales irregularidades señalan que el gobierno mexicano no está buscando el consentimiento previo de los pueblos originarios sobre la ejecución del megaproyecto del Tren Maya, sino únicamente “conocer sus opiniones”.

“Esto implica una violación a la libre determinación del pueblo maya, en razón de su aceptación o rechazo a un proyecto, obra o actividad dentro de su territorio o en un área de influencia suficiente para afectarle”, refiere el pronunciamiento.

Añaden que la consulta indígena incumple el principio de “informada”, toda vez que la información disponible, a manera de datos sobre el proyecto, sus componentes y montos de inversión, no ha permitido ni el análisis, ni la comprensión de las afectaciones de este megaproyecto sobre los territorios y la vida de las comunidades indígenas.

La información ofrecida por la autoridad a cargo, en las 15 asambleas regionales, se limitó a caracterizar de manera general el proyecto ferroviario y a recalcar sus beneficios promocionales, en completa ausencia de estudios de impacto, asegura el CCMSS.

Señalan también que tampoco se informó a las autoridades comunitarias que el megaproyecto no ha sido sometido al Procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental (PEIA), previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (Lgeepa), para conocer las afectaciones, no sólo por la colocación de vías del ferrocarril sino además por el impacto de las 18 estaciones y los “polos de desarrollo” programados.

En materia ambiental, tampoco se informó que el Fondo Nacional del Turismo (Fonatur) pretende que el proyecto completo sea evaluado por partes y no de forma integral y que busca quedar exento de la evaluación ambiental en algunos tramos o sustituir la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) por un informe preventivo.

Según el CCMSS, también fue insuficiente la información vertida sobre el Fideicomiso de Inversión en Bienes Raíces (Fibra), a través del cual Fonatur pretende que los ejidos aporten la tierra para la inversión inmobiliaria y la construcción de los polos de desarrollo que conlleva este megaproyecto. “La información disponible ha sido trivial y escasa, enfocada a convencer a los ejidos de que participen en las Fibras”, aseguran.

Respecto del proceso de consulta, exponen que incumple los principios de “libre”, “informada” y “culturalmente adecuada”, porque convocaron únicamente a las autoridades agrarias y locales, para presentarles el proyecto en las asambleas regionales informativas del 29 y 30 de noviembre, lo cual inhibió la asistencia del resto de la comunidad, limitando su derecho, pues conforme al estándar internacional, son las propias comunidades las que deben designar y asignar sus representaciones para este tipo de ejercicios.

“La participación exclusiva de las autoridades agrarias y locales en el proceso de consulta indígena cierra la posibilidad de considerar las necesidades e intereses de muchos otros grupos no representados localmente, como las juventudes, las mujeres y demás personas sin derechos agrarios”, señala el CCMSS.

Aunado a ello, el proceso de consulta incumpliría el principio de “culturalmente adecuada” desde su organización, pues el protocolo correspondiente fue diseñado por autoridades de gobierno, mas no por las comunidades conforme a sus necesidades, formas de organización y deliberación, presuponiendo que son entes homogéneos, sin diferencias y particularidades. “Esta acción, violenta nuevamente el derecho de libre determinación de los pueblos originarios”, añaden.

Con información de El Economista.

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